Navegando por el panorama criptográfico de México: regulaciones, impuestos y perspectivas futuras

Intermedio3/3/2024, 2:59:46 PM
Este artículo analiza el sistema regulatorio y tributario de criptoactivos mexicano desde cuatro aspectos: el sistema tributario básico, la política regulatoria de criptomonedas, el sistema tributario de criptomonedas y el sistema tributario de criptoactivos, y predice su dirección de desarrollo futuro.

Reenviar el título original:Andes OnChain (4) | Análisis dinámico de la tributación de las criptomonedas y las fronteras regulatorias de México

1 Introducción

Los Estados Unidos Mexicanos, comúnmente conocidos como "México", son una potencia económica en América Latina y un importante país minero en el mundo. A diferencia de Argentina y Venezuela, México no ha caído en una feroz crisis inflacionaria, pero su industria financiera ha estado monopolizada durante mucho tiempo por el capital extranjero, y los bancos tradicionales no pueden llegar a sus usuarios objetivo, lo que dificulta satisfacer la gran demanda de préstamos privados. Con el desarrollo de fintech, la función financiera de la criptomoneda está siendo aprovechada en México, lo que también ha convertido a México en uno de los países latinoamericanos con la tasa de uso más alta de blockchain y criptomonedas. Las finanzas son un factor clave para promover el desarrollo de las criptomonedas en México, y el sistema de impuestos criptográficos de México también es inseparable de la supervisión financiera. Este artículo analizará la regulación de los criptoactivos y el sistema tributario de México desde cuatro aspectos: el sistema tributario básico, la política regulatoria de las criptomonedas, el sistema tributario de las criptomonedas y un resumen y perspectiva del sistema tributario de los criptoactivos, y predecirá su dirección de desarrollo futuro.

2. Panorama general del sistema tributario básico en México

2.1 Sistema Tributario Mexicano

De acuerdo con la Constitución mexicana, tanto el gobierno federal como el gobierno estatal (municipal) tienen el derecho de recaudar impuestos, creando un sistema tributario de dos niveles a nivel federal y local. El nivel local incluye los niveles estatal y municipal, y el gobierno federal tiene el derecho de recaudar los principales tipos de impuestos nacionales, especialmente el impuesto sobre la renta de las sociedades, que ningún gobierno local de ningún nivel tiene derecho a recaudar. El gobierno federal mexicano implementa una estructura de sistema tributario compuesto con el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado como los dos organismos principales. El sistema tributario actual incluye impuestos importantes como el impuesto sobre la renta (incluido el impuesto sobre la renta de las sociedades, el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto sobre las ganancias de capital), el impuesto sobre el valor añadido, el impuesto sobre la propiedad (el impuesto mínimo que se cobra sobre la base de los activos), los aranceles de importación y exportación, y el impuesto sobre los salarios (que incluye principalmente los impuestos sobre los salarios, la seguridad social y el fondo de vivienda de los trabajadores). Además, los impuestos federales también incluyen algunos impuestos que gravan los recursos minerales y los bienes y servicios especiales, como los impuestos sobre el consumo que gravan las bebidas alcohólicas, el tabaco, la gasolina, los servicios de telecomunicaciones y los automóviles. Los gobiernos locales, incluidos los gobiernos estatales y municipales, tienen derecho a recaudar impuestos como el impuesto sobre la propiedad, el impuesto sobre los salarios (que se aplica principalmente a los empleadores), el impuesto sobre las transacciones inmobiliarias, el impuesto sobre los activos comerciales, etc., así como otras tasas por el registro de la propiedad, la emisión de licencias comerciales, etc.

2.2.1 Impuesto sobre la renta

Según lo estipulado por la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta, las empresas mexicanas residentes en el impuesto se refieren a las personas morales cuyo lugar principal de operación o administración efectiva se encuentra en México. En los tratados fiscales, México suele seguir el concepto de empresa residente definido por el modelo de la OCDE. Por lo tanto, una empresa residente en un tratado fiscal se refiere a una persona que tributa en ese país debido a su ubicación, residencia, administración, establecimiento (en un tratado fiscal con México) u otras condiciones similares. Sin embargo, esto no incluye a las personas físicas que solo tributan en función de sus ingresos de ese país. En principio, si una persona moral no cumple con la definición de empresa residente fiscal mexicana, se considera una empresa no residente en México. Los sujetos del impuesto sobre la renta de las sociedades son las empresas, sociedades y otras personas morales que realizan actividades comerciales dentro de México. Las empresas no residentes en México con establecimientos permanentes deben pagar el impuesto sobre la renta de las sociedades en México por los ingresos atribuibles al establecimiento permanente y los ingresos derivados de México. Los no residentes sin establecimiento permanente en México sólo deben pagar el impuesto sobre la renta de las sociedades mexicanas sobre las rentas procedentes de México. Las empresas no residentes aplican diferentes tipos impositivos en función de los distintos tipos de sus ingresos brutos (sin deducciones), pero los ingresos netos imponibles procedentes de la venta de bienes inmuebles y acciones, y de la construcción a corto plazo y proyectos similares se gravan a un tipo más elevado. En situaciones específicas, si se considera que dichas empresas tienen operaciones establecidas o fijas permanentemente en México para efectos del impuesto sobre la renta, desde el momento del reconocimiento, seguirán las regulaciones fiscales de las empresas residentes en su país de origen, con base en la situación de la sucursal registrada por la empresa extranjera en México. Las ganancias de capital generadas por la venta de activos fijos, acciones e inmuebles se consideran ingresos ordinarios y están sujetas al impuesto sobre la renta de las empresas. La ley mexicana permite que los ingresos por la venta de bienes inmuebles, acciones y otros activos fijos se indexen al índice de inflación.

De acuerdo con la Ley Federal de Impuestos y Libertades, las personas físicas con residencia permanente en México se consideran residentes mexicanos. Si esta persona también tiene una residencia permanente en el extranjero, el principal factor que determina su condición de residente fiscal es la ubicación de su centro de intereses vitales. Hay dos situaciones en las que México es el centro de intereses vitales: en un año calendario, los ingresos del individuo de México superan el 50% de los ingresos totales; la sede principal de las actividades profesionales se encuentra en México. Si el centro de intereses vitales de una persona está en México, debe ser considerada residente mexicana. Las personas físicas que no cumplan las condiciones antes mencionadas son no residentes. Los residentes mexicanos deben pagar el impuesto sobre la renta personal sobre todos sus ingresos en todo el mundo; las personas naturales no residentes que se encuentren en las siguientes dos situaciones deben tributar por el impuesto sobre la renta de las personas físicas de acuerdo con la ley: operar a través de un establecimiento permanente en México y generar ingresos, y obtener ingresos provenientes de México. Los extranjeros que viven en México solo pagan impuestos sobre sus ingresos dentro de México. A los residentes se les permite deducir gastos médicos, donaciones caritativas, gastos de educación, etc. de sus ingresos imponibles, mientras que los no residentes no pueden hacerlo. A partir de 2018 se ha implantado un tipo impositivo progresivo con un máximo del 35% para el IRPF (ISR).

2.2.2 Impuesto sobre el valor añadido

El impuesto al valor agregado en México grava los ingresos por ventas de bienes y prestación de servicios, ingresos por alquileres e importaciones de bienes y servicios. A la hora de determinar el tipo impositivo aplicable, los ingresos de explotación como ingresos imponibles sin IVA y los ingresos imponibles del IVA se toman conjuntamente como base para determinar el tipo impositivo. Cuando los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias y gocen de sus derechos de exención, los impuestos transferidos por gastos de inversión deberán ajustarse en el ejercicio fiscal siguiente. De acuerdo con la nueva ley fiscal, la tasa básica del IVA en México y zonas fronterizas es actualmente del 16%. Además, se aplicará un IVA del 16% a algunos artículos que anteriormente tenían un tipo cero. Actualmente, los rubros exentos de IVA incluyen: productos agropecuarios, alimentos básicos y medicinas, exportaciones de servicios, exportaciones de mano de obra, etc.

2.2.3 Impuesto sobre bienes inmuebles

El impuesto sobre la propiedad comercial es un impuesto local importante. Es un impuesto mínimo basado en los activos, que se aplica al 2% del valor de los activos de una empresa, y se suma al impuesto federal sobre la renta. El impuesto sobre la propiedad de las empresas es recaudado por los cantones y el distrito federal a diferentes tasas. Este impuesto se aplica tanto a los bienes personales como a los empresariales. La base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles se basa en el valor de tasación de la Junta Nacional de Registro de la Propiedad y el departamento de finanzas local, que son responsables conjuntamente de la evaluación del valor de la propiedad. El impuesto sobre las transacciones inmobiliarias es también uno de los impuestos importantes de los gobiernos locales, y su tasa impositiva es establecida por el gobierno estatal. Originalmente surgió como una alternativa a los impuestos de timbre en las transacciones inmobiliarias, incluidas las donaciones de bienes, las donaciones a organizaciones sin fines de lucro, varias transferencias de bienes raíces y más.

3. Política Regulatoria de Criptomonedas de México

La caracterización de las criptomonedas determina la dirección de la política regulatoria de criptomonedas de México. De acuerdo con la explicación del Banco de México, aunque las criptomonedas también se pueden intercambiar por bienes o servicios como moneda, los activos virtuales como las criptomonedas no cumplen con las funciones clásicas de la moneda. Por ejemplo, la alta volatilidad de Bitcoin dificulta su funcionamiento como reserva de valor y unidad de cuenta. Al mismo tiempo, actualmente son menos los comerciantes que aceptan criptomonedas, y las criptomonedas no pueden convertirse en un medio universal de intercambio. [1] Además, la criptomoneda en sí misma no es un activo financiero, y las ganancias y pérdidas de inversión causadas por la volatilidad de su valor solo pueden funcionar como activos financieros.

México es el primer país de América Latina en promulgar leyes específicas para regular a las empresas financieras por Internet en el sector fintech. Actualmente, el país cuenta con tres dependencias encargadas de regular la industria financiera: el Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Las políticas regulatorias de las criptomonedas en México giran principalmente en torno a leyes como la Ley Fintech y el Reglamento de la Ley de Supervisión de Instituciones Fintech (ley secundaria).

En la ola de rápido desarrollo de las fintech, en 2018, México aprobó la Ley Fintech. La ley contempla principalmente dos aspectos de autorización: uno es autorizar a las instituciones de financiamiento colectivo (IFC) a realizar operaciones de "crowdfunding", tales como operaciones de capital sobre bonos, capital o propiedad, y el otro es autorizar a las instituciones de pagos electrónicos (IFPE) a emitir, administrar, redimir y transferir fondos electrónicos de manera digital. y también se incluyen activos virtuales como las criptomonedas. Ambos tipos de instituciones deben cumplir con los requisitos de capital mínimo. Si una institución de pago electrónico opera únicamente con moneda mexicana, debe cumplir con el estándar de 500,000 UDI (unidades de fondos indexados utilizadas como sustituto estable del peso mexicano), y si realiza transacciones de activos virtuales o transacciones en moneda extranjera o utiliza activos virtuales básicos para operar derivados, debe alcanzar el estándar de 700,000 UDI.

En marzo de 2019, el Banco de México emitió la ley secundaria de la Ley Fintech, poniendo a las empresas de criptomonedas bajo su jurisdicción. Desde entonces, las empresas que utilizan criptomonedas para realizar negocios también deben obtener la autorización pertinente, y los infractores pueden ser multados con entre 9.500 y 47.000 dólares, lo que significa que el negocio de las criptomonedas está sujeto a una revisión y control de calificación más estrictos. Cabe señalar que las pequeñas y medianas empresas que utilizan criptomonedas como método de pago no están sujetas a esta ley, y solo necesitan autorización las empresas del ámbito fintech que utilicen mecanismos de transacción electrónica o recauden fondos (crowdfunding). Curiosamente, el Banco de México, una de las instituciones autorizadas, no aprobó ninguna empresa dentro de los meses posteriores a la aprobación de la ley secundaria y, en cambio, sugirió que los inversores relevantes permanezcan atentos a las empresas de criptomonedas.

Además de las regulaciones antes mencionadas, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México también ha emitido una guía sobre informes de criptomonedas, que requiere el reporte de transacciones de criptomonedas e información relacionada con intermediarios y proveedores de servicios.

4. El sistema tributario de criptomonedas de México

El sistema de tributación de las criptomonedas de México no es complicado, y las criptomonedas y otros criptoactivos rara vez tienen disposiciones fiscales especiales, sino que cumplen principalmente con las leyes fiscales generales de México. Ya en 2014, la Secretaría de Impuestos de la Federación emitió el Aviso No. 230, que regulaba el tratamiento fiscal de Bitcoin y otras monedas virtuales similares. Este anuncio establece claramente que Bitcoin y otras monedas virtuales similares no se consideran moneda legal o moneda extranjera, por lo que no están sujetas a las leyes de control de cambios de México. Desde el punto de vista fiscal, las autoridades fiscales mexicanas no diferencian entre activos virtuales y otros activos, es decir, la adquisición y circulación de cualquier criptoactivo debe cumplir con las mismas regulaciones generales del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado que otros bienes muebles.

Sin embargo, hay tres puntos especiales sobre el sistema de tributación de las criptomonedas de México: En primer lugar, el gobierno mexicano ha establecido la Secretaría de Inteligencia Financiera (CARF), que tiene como objetivo establecer un marco fiscal unificado, lo que indica que el sistema de tributación de las criptomonedas de México puede llegar a ser más perfecto. En segundo lugar, al igual que las transacciones intradía de criptomonedas en acciones o divisas realizadas por empresas relacionadas deben pagar un impuesto sobre la renta de sociedades del 35%, esta política tiene como objetivo guiar el comportamiento comercial intradía de las criptomonedas, evitar fluctuaciones excesivas en el mercado financiero y estabilizar el funcionamiento del mercado financiero. En tercer lugar, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Tecnología Financiera, desde el 10 de septiembre de 2019, además de la declaración normal del impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado y otros impuestos, las empresas de criptomonedas relacionadas deben realizar declaraciones fiscales separadas cuando el monto de la transacción supere los 50,000 pesos mexicanos o 2,700 dólares estadounidenses, lo que demuestra la estrecha atención de los reguladores financieros y las autoridades fiscales mexicanas a las empresas de criptomonedas.

5. Resumen y Perspectivas del Sistema Tributario de Criptoactivos de México

El sistema tributario de criptomonedas de México aún se encuentra en sus primeras etapas de desarrollo, con su sistema tributario principalmente vinculado al sistema tributario general, y las disposiciones fiscales aplicables dependen principalmente de la definición legal de criptomonedas del gobierno mexicano. Las pocas disposiciones fiscales especiales para las criptomonedas están destinadas principalmente a fortalecer las revisiones de cumplimiento, proteger los intereses de los inversores y protegerse contra los posibles riesgos financieros de las criptomonedas y otros activos digitales, pero no reflejan la actitud política del gobierno mexicano de fomentar y apoyar el desarrollo del campo de las criptomonedas. En general, aunque el gobierno mexicano está respondiendo continuamente a los nuevos patrones de desarrollo de las criptomonedas a través de la regulación, los impuestos y otros medios, y no niega la legalidad de las criptomonedas y sus transacciones, todavía prefiere utilizar la criptomoneda como una herramienta para promover el desarrollo económico, y siempre ha estado muy atento a los riesgos financieros detrás de las transacciones de criptomonedas y el impacto de la circulación de criptomonedas en la soberanía monetaria nacional.

En enero de 2022, el Banco de México anunció que estaba trabajando arduamente para crear una moneda digital del banco central (CBDC), y esperaba ponerla en circulación en 2024. En julio del mismo año, Indira Kempis, senadora del Congreso mexicano, propuso un proyecto de ley con la esperanza de darle a Bitcoin un estatus similar al de la moneda fiduciaria. Al finalizar este artículo, el proyecto de ley no ha sido aprobado y la moneda digital del banco central de México no se ha lanzado, pero se puede prever que ya sea que México elija el camino de la criptomoneda centralizada o si le da a la criptomoneda descentralizada un estatus de moneda fiduciaria, establecer un sistema tributario independiente e integral para las criptomonedas descentralizadas como Bitcoin es una tendencia imparable. Solo de esta manera podemos conformarnos con la ola de desarrollo de las criptomonedas, equilibrar mejor la relación entre el desarrollo económico, la seguridad financiera y la soberanía monetaria.

Notas:

[1] Leyes y regulaciones de blockchain y criptomonedas 2024 (consideraciones legales en la acuñación, comercialización y venta de NFT) | Perspectivas | Skadden, Arps, Slate, Meagher & Flom LLP. (2024). Lukka, y Lukka. (2022, 11 de julio). Visión general de la tributación de las criptomonedas en México. Lukka. [2] Kereibayev, O. (2024, 16 de enero). Cómo cumplir con la Ley FinTech de México. Sumsub. [3] Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, arts. 30–34, Diario Oficial de la Federación [D.O.F], 9 de marzo de 2018, disponible en la versión original del sitio web de la Cámara de Representantes de México.

[4] Ma Hongxia. (2023). El estado de desarrollo, los riesgos operativos y las tendencias de las monedas digitales de los bancos centrales mundiales Pronóstico. Foro de Huxiang, 36(5), 1-10.

[5] La nueva Ley Fintech del Banco de México prohíbe estrictamente las criptomonedas. (s.f.).

[6] Instituto de Comercio Internacional y Cooperación Económica, Ministerio de Comercio. (2022) Guía de País (Región) de Cooperación en Inversión Extranjera - México

[7] Informe de investigación: Regulaciones, aplicaciones y oportunidades de la cadena de bloques en México Golden Finance.

Renuncia:

  1. Este artículo es una reimpresión de [TaxDAO], el título original es "Andes en la Cadena (4) | Análisis Dinámico de las Fronteras Mexicanas de Tributación y Supervisión de las Criptomonedas", los derechos de autor pertenecen al autor original [TaxDAO], Si hay objeciones a esta reimpresión, comuníquese con el equipo de Gate Learn y ellos lo manejarán con prontitud.
  2. Descargo de responsabilidad: Los puntos de vista y opiniones expresados en este artículo son únicamente los del autor y no constituyen ningún consejo de inversión.
  3. Las traducciones del artículo a otros idiomas son realizadas por el equipo de Gate Learn. A menos que se mencione, está prohibido copiar, distribuir o plagiar los artículos traducidos.

Navegando por el panorama criptográfico de México: regulaciones, impuestos y perspectivas futuras

Intermedio3/3/2024, 2:59:46 PM
Este artículo analiza el sistema regulatorio y tributario de criptoactivos mexicano desde cuatro aspectos: el sistema tributario básico, la política regulatoria de criptomonedas, el sistema tributario de criptomonedas y el sistema tributario de criptoactivos, y predice su dirección de desarrollo futuro.

Reenviar el título original:Andes OnChain (4) | Análisis dinámico de la tributación de las criptomonedas y las fronteras regulatorias de México

1 Introducción

Los Estados Unidos Mexicanos, comúnmente conocidos como "México", son una potencia económica en América Latina y un importante país minero en el mundo. A diferencia de Argentina y Venezuela, México no ha caído en una feroz crisis inflacionaria, pero su industria financiera ha estado monopolizada durante mucho tiempo por el capital extranjero, y los bancos tradicionales no pueden llegar a sus usuarios objetivo, lo que dificulta satisfacer la gran demanda de préstamos privados. Con el desarrollo de fintech, la función financiera de la criptomoneda está siendo aprovechada en México, lo que también ha convertido a México en uno de los países latinoamericanos con la tasa de uso más alta de blockchain y criptomonedas. Las finanzas son un factor clave para promover el desarrollo de las criptomonedas en México, y el sistema de impuestos criptográficos de México también es inseparable de la supervisión financiera. Este artículo analizará la regulación de los criptoactivos y el sistema tributario de México desde cuatro aspectos: el sistema tributario básico, la política regulatoria de las criptomonedas, el sistema tributario de las criptomonedas y un resumen y perspectiva del sistema tributario de los criptoactivos, y predecirá su dirección de desarrollo futuro.

2. Panorama general del sistema tributario básico en México

2.1 Sistema Tributario Mexicano

De acuerdo con la Constitución mexicana, tanto el gobierno federal como el gobierno estatal (municipal) tienen el derecho de recaudar impuestos, creando un sistema tributario de dos niveles a nivel federal y local. El nivel local incluye los niveles estatal y municipal, y el gobierno federal tiene el derecho de recaudar los principales tipos de impuestos nacionales, especialmente el impuesto sobre la renta de las sociedades, que ningún gobierno local de ningún nivel tiene derecho a recaudar. El gobierno federal mexicano implementa una estructura de sistema tributario compuesto con el impuesto sobre la renta y el impuesto al valor agregado como los dos organismos principales. El sistema tributario actual incluye impuestos importantes como el impuesto sobre la renta (incluido el impuesto sobre la renta de las sociedades, el impuesto sobre la renta de las personas físicas, el impuesto sobre las ganancias de capital), el impuesto sobre el valor añadido, el impuesto sobre la propiedad (el impuesto mínimo que se cobra sobre la base de los activos), los aranceles de importación y exportación, y el impuesto sobre los salarios (que incluye principalmente los impuestos sobre los salarios, la seguridad social y el fondo de vivienda de los trabajadores). Además, los impuestos federales también incluyen algunos impuestos que gravan los recursos minerales y los bienes y servicios especiales, como los impuestos sobre el consumo que gravan las bebidas alcohólicas, el tabaco, la gasolina, los servicios de telecomunicaciones y los automóviles. Los gobiernos locales, incluidos los gobiernos estatales y municipales, tienen derecho a recaudar impuestos como el impuesto sobre la propiedad, el impuesto sobre los salarios (que se aplica principalmente a los empleadores), el impuesto sobre las transacciones inmobiliarias, el impuesto sobre los activos comerciales, etc., así como otras tasas por el registro de la propiedad, la emisión de licencias comerciales, etc.

2.2.1 Impuesto sobre la renta

Según lo estipulado por la Ley Federal del Impuesto sobre la Renta, las empresas mexicanas residentes en el impuesto se refieren a las personas morales cuyo lugar principal de operación o administración efectiva se encuentra en México. En los tratados fiscales, México suele seguir el concepto de empresa residente definido por el modelo de la OCDE. Por lo tanto, una empresa residente en un tratado fiscal se refiere a una persona que tributa en ese país debido a su ubicación, residencia, administración, establecimiento (en un tratado fiscal con México) u otras condiciones similares. Sin embargo, esto no incluye a las personas físicas que solo tributan en función de sus ingresos de ese país. En principio, si una persona moral no cumple con la definición de empresa residente fiscal mexicana, se considera una empresa no residente en México. Los sujetos del impuesto sobre la renta de las sociedades son las empresas, sociedades y otras personas morales que realizan actividades comerciales dentro de México. Las empresas no residentes en México con establecimientos permanentes deben pagar el impuesto sobre la renta de las sociedades en México por los ingresos atribuibles al establecimiento permanente y los ingresos derivados de México. Los no residentes sin establecimiento permanente en México sólo deben pagar el impuesto sobre la renta de las sociedades mexicanas sobre las rentas procedentes de México. Las empresas no residentes aplican diferentes tipos impositivos en función de los distintos tipos de sus ingresos brutos (sin deducciones), pero los ingresos netos imponibles procedentes de la venta de bienes inmuebles y acciones, y de la construcción a corto plazo y proyectos similares se gravan a un tipo más elevado. En situaciones específicas, si se considera que dichas empresas tienen operaciones establecidas o fijas permanentemente en México para efectos del impuesto sobre la renta, desde el momento del reconocimiento, seguirán las regulaciones fiscales de las empresas residentes en su país de origen, con base en la situación de la sucursal registrada por la empresa extranjera en México. Las ganancias de capital generadas por la venta de activos fijos, acciones e inmuebles se consideran ingresos ordinarios y están sujetas al impuesto sobre la renta de las empresas. La ley mexicana permite que los ingresos por la venta de bienes inmuebles, acciones y otros activos fijos se indexen al índice de inflación.

De acuerdo con la Ley Federal de Impuestos y Libertades, las personas físicas con residencia permanente en México se consideran residentes mexicanos. Si esta persona también tiene una residencia permanente en el extranjero, el principal factor que determina su condición de residente fiscal es la ubicación de su centro de intereses vitales. Hay dos situaciones en las que México es el centro de intereses vitales: en un año calendario, los ingresos del individuo de México superan el 50% de los ingresos totales; la sede principal de las actividades profesionales se encuentra en México. Si el centro de intereses vitales de una persona está en México, debe ser considerada residente mexicana. Las personas físicas que no cumplan las condiciones antes mencionadas son no residentes. Los residentes mexicanos deben pagar el impuesto sobre la renta personal sobre todos sus ingresos en todo el mundo; las personas naturales no residentes que se encuentren en las siguientes dos situaciones deben tributar por el impuesto sobre la renta de las personas físicas de acuerdo con la ley: operar a través de un establecimiento permanente en México y generar ingresos, y obtener ingresos provenientes de México. Los extranjeros que viven en México solo pagan impuestos sobre sus ingresos dentro de México. A los residentes se les permite deducir gastos médicos, donaciones caritativas, gastos de educación, etc. de sus ingresos imponibles, mientras que los no residentes no pueden hacerlo. A partir de 2018 se ha implantado un tipo impositivo progresivo con un máximo del 35% para el IRPF (ISR).

2.2.2 Impuesto sobre el valor añadido

El impuesto al valor agregado en México grava los ingresos por ventas de bienes y prestación de servicios, ingresos por alquileres e importaciones de bienes y servicios. A la hora de determinar el tipo impositivo aplicable, los ingresos de explotación como ingresos imponibles sin IVA y los ingresos imponibles del IVA se toman conjuntamente como base para determinar el tipo impositivo. Cuando los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias y gocen de sus derechos de exención, los impuestos transferidos por gastos de inversión deberán ajustarse en el ejercicio fiscal siguiente. De acuerdo con la nueva ley fiscal, la tasa básica del IVA en México y zonas fronterizas es actualmente del 16%. Además, se aplicará un IVA del 16% a algunos artículos que anteriormente tenían un tipo cero. Actualmente, los rubros exentos de IVA incluyen: productos agropecuarios, alimentos básicos y medicinas, exportaciones de servicios, exportaciones de mano de obra, etc.

2.2.3 Impuesto sobre bienes inmuebles

El impuesto sobre la propiedad comercial es un impuesto local importante. Es un impuesto mínimo basado en los activos, que se aplica al 2% del valor de los activos de una empresa, y se suma al impuesto federal sobre la renta. El impuesto sobre la propiedad de las empresas es recaudado por los cantones y el distrito federal a diferentes tasas. Este impuesto se aplica tanto a los bienes personales como a los empresariales. La base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles se basa en el valor de tasación de la Junta Nacional de Registro de la Propiedad y el departamento de finanzas local, que son responsables conjuntamente de la evaluación del valor de la propiedad. El impuesto sobre las transacciones inmobiliarias es también uno de los impuestos importantes de los gobiernos locales, y su tasa impositiva es establecida por el gobierno estatal. Originalmente surgió como una alternativa a los impuestos de timbre en las transacciones inmobiliarias, incluidas las donaciones de bienes, las donaciones a organizaciones sin fines de lucro, varias transferencias de bienes raíces y más.

3. Política Regulatoria de Criptomonedas de México

La caracterización de las criptomonedas determina la dirección de la política regulatoria de criptomonedas de México. De acuerdo con la explicación del Banco de México, aunque las criptomonedas también se pueden intercambiar por bienes o servicios como moneda, los activos virtuales como las criptomonedas no cumplen con las funciones clásicas de la moneda. Por ejemplo, la alta volatilidad de Bitcoin dificulta su funcionamiento como reserva de valor y unidad de cuenta. Al mismo tiempo, actualmente son menos los comerciantes que aceptan criptomonedas, y las criptomonedas no pueden convertirse en un medio universal de intercambio. [1] Además, la criptomoneda en sí misma no es un activo financiero, y las ganancias y pérdidas de inversión causadas por la volatilidad de su valor solo pueden funcionar como activos financieros.

México es el primer país de América Latina en promulgar leyes específicas para regular a las empresas financieras por Internet en el sector fintech. Actualmente, el país cuenta con tres dependencias encargadas de regular la industria financiera: el Banco de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Las políticas regulatorias de las criptomonedas en México giran principalmente en torno a leyes como la Ley Fintech y el Reglamento de la Ley de Supervisión de Instituciones Fintech (ley secundaria).

En la ola de rápido desarrollo de las fintech, en 2018, México aprobó la Ley Fintech. La ley contempla principalmente dos aspectos de autorización: uno es autorizar a las instituciones de financiamiento colectivo (IFC) a realizar operaciones de "crowdfunding", tales como operaciones de capital sobre bonos, capital o propiedad, y el otro es autorizar a las instituciones de pagos electrónicos (IFPE) a emitir, administrar, redimir y transferir fondos electrónicos de manera digital. y también se incluyen activos virtuales como las criptomonedas. Ambos tipos de instituciones deben cumplir con los requisitos de capital mínimo. Si una institución de pago electrónico opera únicamente con moneda mexicana, debe cumplir con el estándar de 500,000 UDI (unidades de fondos indexados utilizadas como sustituto estable del peso mexicano), y si realiza transacciones de activos virtuales o transacciones en moneda extranjera o utiliza activos virtuales básicos para operar derivados, debe alcanzar el estándar de 700,000 UDI.

En marzo de 2019, el Banco de México emitió la ley secundaria de la Ley Fintech, poniendo a las empresas de criptomonedas bajo su jurisdicción. Desde entonces, las empresas que utilizan criptomonedas para realizar negocios también deben obtener la autorización pertinente, y los infractores pueden ser multados con entre 9.500 y 47.000 dólares, lo que significa que el negocio de las criptomonedas está sujeto a una revisión y control de calificación más estrictos. Cabe señalar que las pequeñas y medianas empresas que utilizan criptomonedas como método de pago no están sujetas a esta ley, y solo necesitan autorización las empresas del ámbito fintech que utilicen mecanismos de transacción electrónica o recauden fondos (crowdfunding). Curiosamente, el Banco de México, una de las instituciones autorizadas, no aprobó ninguna empresa dentro de los meses posteriores a la aprobación de la ley secundaria y, en cambio, sugirió que los inversores relevantes permanezcan atentos a las empresas de criptomonedas.

Además de las regulaciones antes mencionadas, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de México también ha emitido una guía sobre informes de criptomonedas, que requiere el reporte de transacciones de criptomonedas e información relacionada con intermediarios y proveedores de servicios.

4. El sistema tributario de criptomonedas de México

El sistema de tributación de las criptomonedas de México no es complicado, y las criptomonedas y otros criptoactivos rara vez tienen disposiciones fiscales especiales, sino que cumplen principalmente con las leyes fiscales generales de México. Ya en 2014, la Secretaría de Impuestos de la Federación emitió el Aviso No. 230, que regulaba el tratamiento fiscal de Bitcoin y otras monedas virtuales similares. Este anuncio establece claramente que Bitcoin y otras monedas virtuales similares no se consideran moneda legal o moneda extranjera, por lo que no están sujetas a las leyes de control de cambios de México. Desde el punto de vista fiscal, las autoridades fiscales mexicanas no diferencian entre activos virtuales y otros activos, es decir, la adquisición y circulación de cualquier criptoactivo debe cumplir con las mismas regulaciones generales del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado que otros bienes muebles.

Sin embargo, hay tres puntos especiales sobre el sistema de tributación de las criptomonedas de México: En primer lugar, el gobierno mexicano ha establecido la Secretaría de Inteligencia Financiera (CARF), que tiene como objetivo establecer un marco fiscal unificado, lo que indica que el sistema de tributación de las criptomonedas de México puede llegar a ser más perfecto. En segundo lugar, al igual que las transacciones intradía de criptomonedas en acciones o divisas realizadas por empresas relacionadas deben pagar un impuesto sobre la renta de sociedades del 35%, esta política tiene como objetivo guiar el comportamiento comercial intradía de las criptomonedas, evitar fluctuaciones excesivas en el mercado financiero y estabilizar el funcionamiento del mercado financiero. En tercer lugar, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Tecnología Financiera, desde el 10 de septiembre de 2019, además de la declaración normal del impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado y otros impuestos, las empresas de criptomonedas relacionadas deben realizar declaraciones fiscales separadas cuando el monto de la transacción supere los 50,000 pesos mexicanos o 2,700 dólares estadounidenses, lo que demuestra la estrecha atención de los reguladores financieros y las autoridades fiscales mexicanas a las empresas de criptomonedas.

5. Resumen y Perspectivas del Sistema Tributario de Criptoactivos de México

El sistema tributario de criptomonedas de México aún se encuentra en sus primeras etapas de desarrollo, con su sistema tributario principalmente vinculado al sistema tributario general, y las disposiciones fiscales aplicables dependen principalmente de la definición legal de criptomonedas del gobierno mexicano. Las pocas disposiciones fiscales especiales para las criptomonedas están destinadas principalmente a fortalecer las revisiones de cumplimiento, proteger los intereses de los inversores y protegerse contra los posibles riesgos financieros de las criptomonedas y otros activos digitales, pero no reflejan la actitud política del gobierno mexicano de fomentar y apoyar el desarrollo del campo de las criptomonedas. En general, aunque el gobierno mexicano está respondiendo continuamente a los nuevos patrones de desarrollo de las criptomonedas a través de la regulación, los impuestos y otros medios, y no niega la legalidad de las criptomonedas y sus transacciones, todavía prefiere utilizar la criptomoneda como una herramienta para promover el desarrollo económico, y siempre ha estado muy atento a los riesgos financieros detrás de las transacciones de criptomonedas y el impacto de la circulación de criptomonedas en la soberanía monetaria nacional.

En enero de 2022, el Banco de México anunció que estaba trabajando arduamente para crear una moneda digital del banco central (CBDC), y esperaba ponerla en circulación en 2024. En julio del mismo año, Indira Kempis, senadora del Congreso mexicano, propuso un proyecto de ley con la esperanza de darle a Bitcoin un estatus similar al de la moneda fiduciaria. Al finalizar este artículo, el proyecto de ley no ha sido aprobado y la moneda digital del banco central de México no se ha lanzado, pero se puede prever que ya sea que México elija el camino de la criptomoneda centralizada o si le da a la criptomoneda descentralizada un estatus de moneda fiduciaria, establecer un sistema tributario independiente e integral para las criptomonedas descentralizadas como Bitcoin es una tendencia imparable. Solo de esta manera podemos conformarnos con la ola de desarrollo de las criptomonedas, equilibrar mejor la relación entre el desarrollo económico, la seguridad financiera y la soberanía monetaria.

Notas:

[1] Leyes y regulaciones de blockchain y criptomonedas 2024 (consideraciones legales en la acuñación, comercialización y venta de NFT) | Perspectivas | Skadden, Arps, Slate, Meagher & Flom LLP. (2024). Lukka, y Lukka. (2022, 11 de julio). Visión general de la tributación de las criptomonedas en México. Lukka. [2] Kereibayev, O. (2024, 16 de enero). Cómo cumplir con la Ley FinTech de México. Sumsub. [3] Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, arts. 30–34, Diario Oficial de la Federación [D.O.F], 9 de marzo de 2018, disponible en la versión original del sitio web de la Cámara de Representantes de México.

[4] Ma Hongxia. (2023). El estado de desarrollo, los riesgos operativos y las tendencias de las monedas digitales de los bancos centrales mundiales Pronóstico. Foro de Huxiang, 36(5), 1-10.

[5] La nueva Ley Fintech del Banco de México prohíbe estrictamente las criptomonedas. (s.f.).

[6] Instituto de Comercio Internacional y Cooperación Económica, Ministerio de Comercio. (2022) Guía de País (Región) de Cooperación en Inversión Extranjera - México

[7] Informe de investigación: Regulaciones, aplicaciones y oportunidades de la cadena de bloques en México Golden Finance.

Renuncia:

  1. Este artículo es una reimpresión de [TaxDAO], el título original es "Andes en la Cadena (4) | Análisis Dinámico de las Fronteras Mexicanas de Tributación y Supervisión de las Criptomonedas", los derechos de autor pertenecen al autor original [TaxDAO], Si hay objeciones a esta reimpresión, comuníquese con el equipo de Gate Learn y ellos lo manejarán con prontitud.
  2. Descargo de responsabilidad: Los puntos de vista y opiniones expresados en este artículo son únicamente los del autor y no constituyen ningún consejo de inversión.
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